El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía señala que la lactancia se ha desvinculado ya del hecho biológico de la lactancia natural y se considera como un mero tiempo de cuidado a favor del hijo. El permiso de lactancia sólo podrá disfrutarse si el otro cónyuge trabaja.Así lo establece el TribunalSuperior de Justicia de Andalucía (TSJA) en una sentencia que analiza el caso de un trabajador que solicitó permiso de lactancia a raíz del nacimiento de su hijo y su mujer no trabajaba en ese momento, pues se encontraba en situación legal de desempleo. El TSJA señala que la lactancia se ha desvinculado ya del hecho biológico de la lactancia natural y se considera como un mero tiempo de cuidado a favor del hijo, y una medida conciliadora de la vida familiar y laboral. Además, concluye, se trata de un derecho de los que son titulares en igual medida ambos progenitores, con la única limitación de que sólo puede ser ejercido por uno de ellos si ambos trabajan. En este caso concreto, ...
Asesoría fiscal, laboral y contable para pymes, autónomos y entidades sin ánimo de lucro