Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de noviembre, 2017

¿Puedo trabajar en España con mi permiso de estudiante?

Muchos extranjeros con permiso de estudios, se hacen constantemente la misma pregunta:   ¿puedo obtener un permiso de trabajo como estudiante en España? , la respuesta es muy sencilla: sí, pero con ciertas restricciones; no hay que olvidar que el permiso que se ha otorgado es de estancia y que tiene como finalidad poder realizar y culminar los estudios. ¿Cuáles son las opciones que tengo para poder trabajar? Las dos más frecuentes que hay en  España  son: Convenio de prácticas:  Es un  convenio  que se hace entre el Instituto o Universidad donde se estén realizando los estudios y la empresa que desee contratar al estudiante, por lo que tienes que tomar en cuenta lo siguiente: – NO es un contrato laboral, en el completo sentido, es un convenio que se hace para permitir que el estudiante trabaje y “practique” lo que ha estudiado. – Solamente pueden hacer este tipo de convenio los  estudiantes que estén matriculados  y que hayan apr...

Encuadramiento de Socios y Administradores en la Seguridad Social

La cotización a la Seguridad Social de los socios que trabajan en sus empresas depende de si poseen el control efectivo de dichas empresas y del tipo de trabajo que realicen. Socio con control efectivo En función del capital Una persona posee el control efectivo de una sociedad cuando tiene, como mínimo, el  50% de las acciones o participaciones de ésta . Además,  también  se presume que tiene el control efectivo cuando se cumple  una de las siguientes condiciones : ·          Si posee, al menos, el 50% del capital  sumando  sus participaciones, las de su cónyuge y las de sus familiares por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado, siempre que conviva con ellos. ·          Si tiene, como mínimo, el  33% del capital social de la empresa . ·          Si tiene, al menos, el  25%  del capital y eje...

¿Qué ocurre si un trabajador sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional en una actividad y está en pluriempleo o pluriactividad?

Producido un accidente de trabajo en una determinada actividad, si el trabajador, debido a su pluriempleo o pluriactividad, estuviera en otra empresa o en algún otro Régimen de la Seguridad Social, las prestaciones se reconocerán de la siguiente forma: a) Si la otra actividad o empleo es por cuenta ajena, se considera como accidente laboral. b) Si la otra actividad es por cuenta propia: Si es un accidente, se considera como accidente no laboral. c) si la otra actividad es por cuenta propia y el trabajador no hubiera optado por la cobertura de las contingencias profesionales: Si es una enfermedad protegida como accidente de trabajo (infarto), se considera como enfermedad común. d) Si la otra actividad es por cuenta propia y el trabajador hubiera optado por la cobertura de las contingencias profesionales: Si es una enfermedad protegida como accidente de trabajo (infarto), se considera como accidente laboral. Las denominadas enfermedades del trabajo ...