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¿Puedo trabajar en España con mi permiso de estudiante?

Muchos extranjeros con permiso de estudios, se hacen constantemente la misma pregunta: ¿puedo obtener un permiso de trabajo como estudiante en España?, la respuesta es muy sencilla: sí, pero con ciertas restricciones; no hay que olvidar que el permiso que se ha otorgado es de estancia y que tiene como finalidad poder realizar y culminar los estudios.
¿Cuáles son las opciones que tengo para poder trabajar?
Las dos más frecuentes que hay en España son:
Convenio de prácticas: Es un convenio que se hace entre el Instituto o Universidad donde se estén realizando los estudios y la empresa que desee contratar al estudiante, por lo que tienes que tomar en cuenta lo siguiente:
– NO es un contrato laboral, en el completo sentido, es un convenio que se hace para permitir que el estudiante trabaje y “practique” lo que ha estudiado.
– Solamente pueden hacer este tipo de convenio los estudiantes que estén matriculados y que hayan aprobado al menos el 50% de los créditos de su curso, master o carrera, sin interferir en el horario de sus estudios.
– La actividad a llevar a cabo en las prácticas, debe estar relacionada con el área de estudios para la que se concedió el permiso de estancia.
– El sueldo o retribución (si lo hubiese) que reciba el estudiante no podrá ser para su manutención, si no que será en concepto de “bolsa o ayuda al estudio”.
¡Toma en consideración! La empresa pedirá como requisito hacer un convenio de prácticas para poder llevar a cabo esta opción.

Contrato de trabajo como estudiante: Si eres estudiante en curso y una empresa quisiera contratarte para trabajar, podría hacerlo tomando en cuenta los siguientes puntos:
– El estudiante debe tener Número de Identificación como Extranjero, el conocido NIE, y debe tener también la oferta de trabajo. IMPORTANTE: Oferta de trabajo no es contrato, es la oferta que hace la empresa para poder pedir el permiso y dar paso al contrato.
– El contrato no debe superar la media jornada (20 horas semanales), pero si el trabajo requiere ser tiempo completo, no deberá superar los tres meses de duración, ni puede interferir con los estudios.
– La oferta de trabajo puede ser ofrecida por una persona física o una empresa, pero cumpliendo siempre con ciertos requisitos. En el caso de un particular, debe demostrar un mínimo de ingresos mensuales y en el caso de una empresa, debe estar al día con los pagos de impuestos y de la Seguridad Social.
– Al igual que en el convenio de prácticas, el sueldo percibido no puede ser para el sustento del estudiante, por lo que al momento de pedir una prórroga de su permiso, se deben demostrar medio económicos suficientes mensuales para vivir, aparte de lo percibido en el trabajo.
– La vigencia de la autorización de trabajo debe coincidir con la duración del contrato de trabajo y no podrá ser superior a la duración de la autorización de estancia por estudios, ya que si la supera tendrá como consecuencia la pérdida de la autorización.

Si te han ofrecido una oferta de trabajo que coincide con tu perfil profesional y quieres seguir adquiriendo experiencia, ya sabes, solamente tienes que ver cuál es la mejor vía que se adapta a tu situación y así optar por el mejor camino legal.

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