La prestación contributiva o el subsidio por desempleo que usted percibe es compatible con: - El trabajo a tiempo parcial incluso si se trata de un contrato por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo parcial, (ello implica deducir del importe de la prestación la parte proporcional al tiempo trabajado). - Pensiones de jubilación parcial y pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social que hubiesen sido compatibles con el trabajo que originó la prestación. - Pensiones reconocidas y abonadas por un Estado distinto al español. - Los trabajos de colaboración social. - Los contratos de trabajo que se suscriban, en el marco del Programa de sustitución de trabajadores en formación. - La indemnización legal que proceda por la extinción del contrato de trabajo. - Las becas y ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional previstas en el Plan Nacional de Formación ...
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