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Entradas

Mostrando entradas de febrero, 2019

¿Cómo debe ser el recibo del salario o nómina?

Entendemos por salario, conforme al  Artículo 26 del E.T. , todo aquello que percibe un trabajador, tanto en dinero como en especie, por la prestación de sus servicios profesionales y por cuenta ajena (él no ordena los medios de producción y distribución), retribuyendo su trabajo efectivo, los períodos de descanso computables como de trabajo, así como determinados períodos de inactividad convenientemente establecidos. En ningún caso, incluidas las relaciones laborales de carácter especial a que se refiere el  Artículo 2 del E.T. , el salario en especie podrá superar el 30 % de las percepciones salariales del trabajador, ni dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero del salario mínimo interprofesional. Por períodos de descanso, computables como trabajo, entendemos: Descanso semanal Días festivos Vacaciones Anuales Descanso de jornada continuada establecido entre empresarios y trabajadores  Artículo 34.2 del ET . La forma de ...

Autónomo o sociedad, ¿qué alternativa es más favorable fiscalmente?

Una duda frecuente a la hora de emprender es si empezar como autónomo o constituir directamente una sociedad. Una duda que persiste incluso después de haber iniciado la actividad económica. En este caso ya como autónomo, la pregunta es si continuar así o pasar a ejercer la actividad a través de una sociedad ( generalmente a una sociedad de responsabilidad limitada, SL ). Si bien existen muchos factores a valorar como los gastos iniciales, las obligaciones administrativas, la responsabilidad frente a deudas, la capacidad de negociación o las personas implicadas en la actividad,  en esta entrada nos vamos a ceñir a la fiscalidad de una y otra alternativa ,  con el objetivo de ver con qué forma se pagan menos impuestos. Para empezar, los ingresos del trabajador autónomo tributan como rendimientos de actividades económicas en el  Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) , que es un  impuesto de carácter progresivo por tramos (cuanto mayor es el benefi...

¿Cómo funciona ahora la prestación por Incapacidad Temporal de los Trabajadores Autónomos?

En las últimas semanas venimos desgranado las novedades que, con efectos del 1 de Enero de 2019, ha introducido el  Real Decreto 28/2018 , de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, y que afectan a la protección social de los trabajadores autónomos. Además de las modificaciones en la cotización, con la reforma de la tarifa plana, y en la prestación por cese de actividad, el  Real Decreto 28/2018 , de 28 de diciembre, también ha llevado a cabo cambios importantes en relación con la prestación de incapacidad temporal de los trabajadores autónomos. En ese Comentario vamos a analizar cuáles son esos cambios y cómo se regula ahora esta prestación. Formalización de la cobertura de I.T. Hasta el 31 de Diciembre de 2018, la cobertura de la prestación económica por IT derivada de contingencias comunes tenía (y sigue teniendo) carácter obligatorio, mientras la protección por cont...

Modificación de la tarifa plana de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos

Con efectos del 1 de Enero de 2019, y como consecuencia del  Real Decreto 28/2018 , de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, se ha modificado la tarifa plana de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos. Además, se lleva a cabo la extensión a los trabajadores por cuenta propia agraria de los beneficios en la cotización de la tarifa plana de los trabajadores autónomos establecidos en los artículos 31 y 32 de la  Ley 20/2007 , de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, creándose a tal efecto los nuevos artículos 31 bis y 32 bis en dicha norma legal. En consecuencia, la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores o autónomos  que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores , se efectuará de la siguiente forma: 1.- En el caso de cotizar por la base mínima, podrán beneficiarse de...