Ir al contenido principal

Instrucciones internas de la AEAT sobre la gestión de APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS de pagos con efectos del 1 de enero de 2017

18 Enero 2017
A ver si de una vez por todas se resuelve este NUEVO GALIMATIAS DE LA AEAT, que trae causa  primero por la prohibición expresa de aplazamientos y fraccionamientos contenidas en el Real Decreto-ley 3/2016,  posteriormente y a través de los medios de comunicación por el propio Ministro de Hacienda, manifestando la inminente  permisividad de aplazamiento y fraccionamiento de determinadas deudas tributarias y a determinados sujetos pasivos (mención a autónomos y pymes), para posteriormente salir publicada el día 13 de este mes, una instrucción o nota en la web de la AEAT sobre tramitación de los aplazamiento e incidencia de la medida en los autónomos, todo lo cual ha generado una tremenda confusión entre los Asesores Fiscales, al no mencionarse a las Pymes dentro de los procesos automatizados de aplazamientos.
Hoy día 18 de enero y a 13 días de que finalice el plazo voluntario (día 30 de enero) de ingreso del 4º trimestre de IRPF e IVA, ante la inseguridad profesional y jurídica con que se encuentra el Asesor Fiscal a la hora de informar y tramitar la posibilidad de aplazar las cuotas devengadas de sus clientes, inseguridad no resuelta por los funcionarios de la AEAT que no tenían conocimiento de cómo actuar ante la prohibición de aplazamiento por el RDL.
Llega algo de luz a este Galimatías en la Instrucción Interna de la AEAT, fechada hoy día 18 de la que hemos tenido conocimiento y que dadas las circunstancias hacemos publica para saber a qué atenerse en la tramitación y gestión de los aplazamientos y fraccionamientos.

Esa es la interpretación, o mejor, el criterio establecido por la AEAT para admitir todas las deudas que en conjunto se aplacen o fraccionen siendo -30.000,00 €, sin garantía y sin justificación de cobro de las cuotas repercutidas en el caso del IVA, considerándose mediante el procedimiento de recaudación denominado "actuaciones administrativas con resolución automatizadas", con limitación en el plazo de concesión a 12 meses sujetos pasivos personas físicas y a 6 meses sujetos pasivos con personalidad jurídica.

Dentro de la tramitación automatizada las solicitudes presentadas inferiores a 1000,00 €, no se limitarán a los plazos de 12 y 6 meses, sino que se concederán automáticamente los plazos requeridos por el solicitante siempre que sus fraccionamientos no sean inferiores a 30,00 €.

+30.000,00 € se tramitan por el "procedimiento ordinario", con el requerimiento de los requisitos de garantías, falta de tesorería y prueba admitida en derecho sobre el no cobro de las cuotas repercutidas.

De momentos se soluciona el desaguisado, que veníamos anunciando desde que se publico el RDL de prohibición expresa de determinados aplazamientos, así en tiempo "in extremis" se coloca este parche, de dudosa y cuestionable legalidad en su forma, pero de incuestionable beneficio en el fondo.

La desinformación publica sobre este tema es de tal calado, que la AECE se ve en la obligación de publicar las notas internas de la AEAT para procurar algo de seguridad jurídica en las actuaciones como Colaboradores sociales.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Prestación por permiso de paternidad para autónomos (RETA).

La nueva prestación por paternidad es un subsidio económico cuyo objeto es tratar de   cubrir la pérdida de rentas o ingresos   que sufren los trabajadores cuando suspenden su contrato (en caso de pertenecer al Régimen General) o interrumpen su actividad (en caso de pertenecer al RETA) en caso de paternidad, adopción, acogimiento o tutela. La percepción de este subsidio económico por parte de los trabajadores incluidos en el RETA será en los   mismos términos y condiciones   que los previstos para los trabajadores incluidos en el Régimen General, pero con ciertas particularidades que a continuación se detallan. Situaciones protegidas Requisitos Duración Importe a percibir Paternidad. Adopción. Acogimiento. Tutela. Alta Seguridad Social. Estar al corriente de pago de cuotas. Tener cubierto un periodo mínimo de cotización. 4 Semanas ininterrumpidas. (Ampliable 2 días por cada hijo a partir del 2º en caso de parto múltiple). 100 % de la base...

Si pierdo el derecho a disfrutar por la Exención de IAE, ¿Qué plazo tengo para comunicarlo?

En general, los plazos para presentar el modelo 840 de declaración de alta, variación o baja en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), vendrán dados por: Alta por inicio:  Antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad. Alta por dejar de disfrutar de exención:  Durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en el que el sujeto pasivo resulte obligado a contribuir por el impuesto. Variación:  Un mes a contar desde la fecha en la que se produjo la circunstancia que motivó la variación. Baja por cese:  Un mes a contar desde la fecha en la que se produjo el cese. Baja por disfrutar de exención:  Mes de diciembre inmediato anterior al año en el que el sujeto pasivo quede exonerado de tributar por el impuesto.         Como podemos comprobar, si durante el ejercicio en curso y llegado el mes de diciembre, vemos que superamos el límite exento para tributar por este Impuesto (1.000.000 de e...

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL 2019

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el  Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el  salario mínimo interprofesional  para  2019 , incrementándose este en  un 22,3%; la mayor subida en cuatro décadas. Destacamos: Artículo 1.  Cuantía del salario mínimo interprofesional. El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores,  queda fijado en 30 euros/día o 900 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses . En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferi...