Para el año 2017 el Ministerio de Empleo y Seguridad Social fijó el Salario Mínimo Interprofesional en los siguientes valores:
Salario Mínimo diario: 23,59€ Salario Mínimo mensual: 707,70€ Salario Mínimo anual: 9.907,80€ (14 pagas) | |||||||||||||||||||||||||
El BOE recoge hoy el Real Decreto que establece el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2017, con una subida del 8%. El SMI pasa de 655,20 a 707,70 euros al mes. También ascienden, en el mismo porcentaje, los salarios mínimos por día, el mínimo anual, el de los temporeros que trabajen menos de 120 días en la misma empresa y el de los empleados del hogar.
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La nueva prestación por paternidad es un subsidio económico cuyo objeto es tratar de cubrir la pérdida de rentas o ingresos que sufren los trabajadores cuando suspenden su contrato (en caso de pertenecer al Régimen General) o interrumpen su actividad (en caso de pertenecer al RETA) en caso de paternidad, adopción, acogimiento o tutela. La percepción de este subsidio económico por parte de los trabajadores incluidos en el RETA será en los mismos términos y condiciones que los previstos para los trabajadores incluidos en el Régimen General, pero con ciertas particularidades que a continuación se detallan. Situaciones protegidas Requisitos Duración Importe a percibir Paternidad. Adopción. Acogimiento. Tutela. Alta Seguridad Social. Estar al corriente de pago de cuotas. Tener cubierto un periodo mínimo de cotización. 4 Semanas ininterrumpidas. (Ampliable 2 días por cada hijo a partir del 2º en caso de parto múltiple). 100 % de la base...
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